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M. g.
Viernes, 21 de enero 2022, 12:37
La reforma de la Ley de Tráfico que ha entrado en vigor con el nuevo año va a dar un disgusto a más de uno. Son bastantes los conductores que hasta ahora tenían ciertos comportamientos mientras estaban al volante que desde este enero van a empezar a ser sancionados por la DGT. Es común que algunos utilicen el GPS para llegar hasta su destino, una conducta que ahora está multada con una cuantía abultada. Sin embargo, hay matices...
El texto aprobado por el Congreso y remitido al Senado multa y retira 3 puntos del carné (inicialmente se habló de 6) por un comportamiento común en los últimos años: la utilización durante la conducción de dispositivos de telefonía móvil, navegadores o cualquier otro medio o sistema de comunicación, excepto cuando el desarrollo de la comunicación tenga lugar sin emplear las manos ni usar cascos, auriculares o instrumentos similares.
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La norma aprobada por el Congreso dice literalmente que está prohibido «utilizar, sujetándolo con la mano, o manteniéndolo ajustado entre el casco y la cabeza del usuario, dispositivos de telefonía móvil mientras se conduce, conducir utilizando manualmente dispositivos de telefonía móvil en condiciones distintas a las anteriores (esta frase amplía los casos en los que se puede multar), conducir utilizando manualmente navegadores o cualquier otro medio o sistema de comunicación, así como llevar en los vehículos mecanismos de detección de radares o cinemómetros».
Tómate la conducción con calma.
Dir. Gral. Tráfico (@DGTes) April 21, 2021
Programa el navegador antes de ponerte en marcha.
Si olvidaste hacerlo, párate unos minutos y hazlo.
NUNCA lo hagas mientras conduces, lo que podría servirte de ayuda puede convertirse en un peligro claro de #accidente .
0,0 #Distracción 👀👂 pic.twitter.com/DMmRRtTdSH
Así se puede seguir usando dispositivos GPS si están integrados en el vehículo y mientas no sea necesario usar las manos para utilizarlos.
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