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Tramo de la carretera N-332 en Olvia donde se produjo un accidente mortal. EFE

La nueva normativa de la DGT para los ciclistas en 2025: podrán circular en sentido contrario

Esta decisión, que ha generado debate entre conductores y usuarios de bicicletas, no estará permitida en cualquier lugar

Sábado, 11 de enero 2025, 01:25

La Dirección General de Tráfico (DGT) ha introducido una serie de cambios en el Reglamento General de Circulación para este 2025, con el objetivo de fomentar la movilidad sostenible y garantizar la seguridad de los ciclistas. Una de las medidas más destacadas, y seguramente la más llamativa, es que los ciclistas podrán circular en sentido contrario en determinadas circunstancias. Esta decisión, que ha generado debate entre conductores y usuarios de bicicletas, no estará permitida en cualquier lugar, sino que se aplicará exclusivamente en calles de un único carril con un límite de velocidad de 30 km/h, como podría ser el caso de la calle San Francisco en Bilbao.

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La DGT también ha incorporado nuevas directrices destinadas a facilitar el desplazamiento de los ciclistas en entornos urbanos. Una de ellas es la posibilidad de adelantar vehículos a motor tanto por la derecha como por la izquierda en situaciones de tráfico congestionado.

En ausencia de carriles bici específicos, los ciclistas deberán continuar circulando por la calzada. Sin embargo, la normativa refuerza que deben hacerlo preferentemente por el centro del carril, una medida que busca aumentar su visibilidad y reducir el riesgo de accidentes.

Otra novedad relevante es la modificación de las normas sobre el uso del casco. Hasta ahora, los ciclistas mayores de 16 años podían no llevar casco en ciertos casos, como en subidas prolongadas, por motivos médicos o en condiciones climáticas adversas. Sin embargo, con la nueva normativa, estas excepciones desaparecen, y el casco será obligatorio para todos los ciclistas, independientemente de la situación.

Nuevas reglas para los vehículos a motor

Los cambios no solo afectan a los ciclistas, sino también a los conductores de vehículos a motor. A partir de este año, cuando un conductor adelante a un ciclista en carretera, deberá reducir la velocidad en al menos 20 km/h respecto al límite establecido en ese tramo. Además, se mantiene la distancia lateral mínima de 1,5 metros durante el adelantamiento, una norma clave para evitar accidentes.

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En vías urbanas, la normativa establece que los ciclistas deben circular por el centro de la calzada, y los vehículos motorizados que los sigan deben respetar una distancia de seguridad mínima de 5 metros, garantizando así un espacio adecuado para maniobrar.

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