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Un agente multa a una conductora, en una imagen de archivo. J. MONZÓ

Cómo se paga una multa de tráfico en Valencia: cambia si es del Ayuntamiento o de la DGT

El sistema es diferente en función del organismo que la pone, incluso si se trata de un boletín rosa o una sanción de la ORA

REDACCIÓN

VALENCIA

Sábado, 5 de noviembre 2022, 00:45

Pagar una multa en Valencia no siempre es tan sencillo como parece. En primer lugar hay que tener claro qué organismo te ha puesto la sanción: puede ser la DGT a través de los agentes de Guardia Civil o los radares en las carreteras y puede ser el Ayuntamiento a través de la Policía Local o los agentes de la ORA. Dependiendo de la vía y del tipo de infracción la multa la autoridad competente para multarte puede cambiar. Recuerda que para gestionar una multa, debes dirigirte siempre al organismo que te la haya impuesto.

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1. MULTAS DEL AYUNTAMIENTO

El Ayuntamiento de Valencia tiene habilitado un portal de «Gestión de Multas» en el que puedes ver el listado de multas pendientes y de multas no pendientes distribuido por pestañas.

Cada una de las multas dispone de una serie de posibles acciones:

- «Ver Detalle»: Muestra el detalle de la multa seleccionada.

- «Imprimir»: Imprime un documento de ingreso de la multa seleccionada. Si ya existe un documento en vigor muestra el existente, en caso de no existir ninguno válido, el sistema genera uno nuevo. Con este documento de ingreso puedes pagar.

- «Pagar»: Accede al menú de opciones de pago para la multa seleccionada. Se puede realizar el pago mediante tarjeta de crédito/débito de cualquier entidad o a través de las bancas electrónicas de las entidades colaboradoras.

El listado de multas puede mostrar algunas en varios colores. Las multas marcadas en color verde indican que ya han sido pagadas. Las multas marcadas en color rojo indican que no se pueden pagar por estar incluidas en un expediente en tramitación, o necesitan la identificación del conductor.

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Además de las acciones de cada multa, también puedes ver la siguiente información: Código de la multa, Fase en la que se encuentra, Fecha de imposición, Matrícula del vehículo, e Importe principal.

En la parte superior de la pantalla puedes ver un mensaje que dice: «Si la multa no aparece en el listado, puedes pagar aquí». Desde este mensaje puedes acceder al sistema de pago en caso de que tengas una multa que no aparezca en el listado inferior de la página.

Multa de color rosa

Este tipo de documento no se puede pagar a través del sistema de gestión de multas de forma telemática.

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Para pagar puedes acudir únicamente con cita previa a las oficinas situadas en Calle Albacete, 12 PLANTA BAJA (46007) Valencia con el Documento y tu DNI si eres el conductor del vehículo, o con el permiso de conducir del conductor y una autorización firmada, si no eres el conductor del vehículo.

Si lo deseas puedes comunicarte por correo electrónico en la dirección solicitudesmultas2@grupo-mcg.es y adjuntar el Boletín Rosa escaneado/fotografiado, tu DNI si eres el conductor del vehículo, o el permiso de conducir del conductor y una autorización firmada, si no eres el conductor del vehículo.

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Para cualquier otra consulta puedes contactar por teléfono con las oficinas en el 963 813 465

¿Dónde se puede realizar el pago de una multa?

· En efectivo: En el cajero automático de la oficina de la calle Albacete.

· En las entidades colaboradoras:

- 283 sucursales en Valencia capital.

- Cajeros habilitados.

- Banca electrónica.

· Con tarjeta de débito / crédito:

- Atención al público en calle Albacete.

- Internet

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- Internet CON certificado digital.

- Puntos Verdes de Atención.

- APP móvil.

Multa de la ORA

Puedes insertar la Referencia, el Identificador y el Importe, o si lo prefieres el Código de barras seleccionando la casilla. Se puede pagar de forma telemática en el portal de Gestión de Multas.

La multa no desaparece

Si la multa no desaparece del portal de gestión de multas debes saber que se debe a que el pago de las multas no se realiza de manera automática, ya que se deben incorporar a soportes de cobro de la modalidad de cuaderno 60, tal como indica la Asociación Española de Banca (AEB). Una vez pagada una multa se tarda un máximo de 72 horas en actualizar la información de la Plataforma, una vez transcurridas ya aparecerá como pagada.

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También cabe la posibilidad que una de las multas mostradas en el listado, ya tenga un documento de ingreso en vigor, en cuyo caso se utilizará el mismo. En caso de que los documentos de ingreso generados para esa multa ya no sean válidos, se genera un nuevo documento de ingreso válido, mostrando un mensaje informativo por pantalla.

2. MULTAS DE LA DGT

Si has recibido la notificación de una multa de tráfico, debes comprobar quién te la ha puesto, revisar los datos de tu domicilio y hacer el pago. Recuerda que tienes 20 días naturales para pagar con reducción del 50%.

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Recuerda que la DGT notifica sus multas unicamente a través de uno de los siguientes canales:

- Correo postal (con posterior envío al Tablón Edictal si no te hemos podido localizar en tu domicilio).

- Notificación electrónica a través de la DEV - Dirección Electrónica Vial.

Si recibes un aviso de una multa de tráfico por correo electrónico, es un fraude. La DGT NUNCA notifica sus multas a través de correo electrónico.

Los dos canales de notificación son excluyentes, de manera que únicamente te notificaremos a través del canal que hayas seleccionado.

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Recuerda que desde el 1 de noviembre de 2022, la DGT ha dejado de enviar notificaciones en papel a las Personas Jurídicas. A partir de ese momento se notificará exclusivamente de forma electrónica a través de la Dirección Electrónica Vial (DEV). Por lo tanto las empresas y otras personas jurídicas no podrán elegir canal de comunicación.

1. Comprobación de datos

Lee atentamente el boletín de la denuncia que te ha llegado y comprueba que sean correctos los datos del vehículo, la descripción de los hechos y el importe de la multa.

A la hora de pagar una multa, reclamar o recurrirla, debes dirigirte siempre al organismo que te ha sancionado, por eso es importante que antes de nada compruebes quién te ha puesto la multa.

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Si la multa fuera de algún ayuntamiento o Comunidad Autónoma, dirígete directamente a ellos.

2. Identificación del conductor

Si no estabas conduciendo en el momento de la infracción o si la sanción impuesta conlleva la pérdida de puntos, debes realizar obligatoriamente la identificación del conductor.

Si no eras el conductor, debes indicarnos en un plazo de 10 días desde que te notificamos la infracción quién es el responsable de la infracción, y así poder aplicar la sanción al responsable.

En caso de que la sanción suponga pérdida de puntos, es obligatorio realizar siempre la identificación del conductor. Puedes ser sancionado si no lo haces.

En otros casos, no es necesario que realices la identifcación.

La falta de identificación del conductor, en cualquiera de los casos obligatorios, se considera una infracción muy grave, lo que supone una sanción por el doble o el triple del importe de la multa original.

Pago con descuento

En el caso de la multa sea de la DGT, tienes la posibilidad de pagarla en el periodo voluntario. Dicho periodo comprende los primeros 20 días naturales desde que la denuncia te fue notificada y, en la mayoría de los casos, implica a una reducción del importe de la multa del 50%.

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Si pagas la multa en periodo voluntario y te beneficias del 50% de reducción, se entiende que renuncias a presentar alegaciones. Por lo tanto, cualquier recurso o alegación que presentes tras haber pagado la multa en período voluntario, no tendría efecto. Del mismo modo, al interponer una alegación, pierdes el derecho al descuento del 50%, por lo que si tu alegación es desestimada, deberás pagar el 100% de la sanción.

Una vez pasados estos 20 días del periodo voluntario, comienza el periodo ordinario.

En este periodo ordinario, que se extiende hasta 45 días después de recibir la notificación, podrás realizar el pago de la multa en cualquier momento. En este caso deberás abonar el 100% del importe de la misma.

Una vez transcurrido el plazo ordinario, la sanción pasará a la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, que se encargará de cobrarla con el 20% de recargo.

Recuerda que no puedes fraccionar o aplazar el pago de una multa. Ha de pagarse en tu totalidad.

Si has detectado alguna anomalía en el pago de la multa, puedes solicitar la devolución del pago de la multa.

Dónde pagar la multa de la DGT

Siempre que te encuentres en periodo voluntario, puedes pagar la multa de la siguiente forma:

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1. Por internet:

Recuerda que si realizas el pago por este medio, necesitas tener a mano la fecha de la notificación y el número de expediente. La fecha de notificación es en la que recibes la notificación en tu domicilio o bien el día en que te la entregue en mano un agente de la Guardia Civil. Puedes hacer el pago más fácil. Lee el código QR que encuentras en la multa y tendrás todos los datos necesarios para el pago.

Introduce el importe total de la multa (sin incluir la reducción del 50%), y te indican lo que está pendiente de pago.

Si accedes con identificación previa, la DGT señala que «te podemos informar de las multas que tienes pendientes de pago, así como ver el historial de sanciones impuestas. Si detectas cualquier anomalía durante el pago o a posteriori tendrás que solicitar la devolución del pago de la multa».

2. Por teléfono, llamando al teléfono 060, mediante tarjeta de crédito o débito (Visa, Mastercard o Maestro). Se trata de un sistema de atención automática, accesible en horario ininterrumpido, 24 horas todos los días del año. Si estás en el extranjero y deseas contactar con nosotros podrás hacerlo llamando al número de teléfono +34 902 887 060.

3. Desde la app miDGT, aplicación para móviles y tablets de la DGT. Podrás consultar tus multas y pagarlas. Puedes consultar esta página para más información y descarga de la aplicación de manera gratuita tanto para Android como iOS.

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Para pagar una multa desde la app, debes ir al menú principal de la aplicación y entrar en el apartado de 'Mis multas' -> 'Pendientes'.

4. Presencialmente:

• En sucursales y cajeros de Caixabank. El horario es de lunes a viernes en el horario de 8:30 a 14:00 horas, con tarjeta o en efectivo.

• En cualquier oficina de Correos, con tarjeta o en efectivo, abonando una tasa adicional de 2,25 euros más el 1,50% de la cuantía de la multa.

• En cualquier Jefatura u Oficina de Tráfico, mediante tarjeta de crédito o débito.

No se admite el pago en efectivo en las oficinas.

La atención presencial en las oficinas es solo para particulares y sus representantes. Empresas y otras personas jurídicas, así como sus representantes, deberán realizar sus trámites de manera electrónica.

Si te paran en carretera en el momento de realizar la infracción, y sólo en caso de agentes de la Guardia Civil, tienes la facilidad de pagarla en el momento con tarjeta de crédito o débito. Te aplicaremos el correspondiente descuento por pronto pago.

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La persona que paga no tiene porqué ser la misma que ha cometido la infracción.

Para hacer el pago necesitas una tarjeta de crédito o débito (Visa, Mastercard o Maestro) o dinero en efectivo, dependiendo del medio que utilices para el pago. Además, es imprescindible conocer el número de expediente de la multa. Ayuda.

Para solicitar la anulación del pago, de manera que no llegará a cargarse el importe en tu tarjeta, debes solicitar la anulación a través de la aplicación de pago de internet con cl@ve el mismo día del pago. Si lo haces más tarde, tendrás que solicitar la devolución del pago de la multa.

Supuesto especial: Pago de multas para extranjeros

Si resides en el extranjero y has recibido una multa de tráfico de la DGT puedes optar por pagar la multa, presentar una alegación o recurso o identificar al conductor que conducía el vehículo de la manera habitual. No obstante, la DGT facilta canales adicionales para realizar estos trámites a los extranjeros:

Pago de la multa:

Además de los canales establecidos en el apartado ¿Qué medios tienes para hacer el pago?, si resides en otro país tienes la posibilidad de realizar el pago de la multa a través transferencia bancaria.

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Los datos bancarios para realizar la transferencia vienen indicados en la notificación del expediente. La cuenta bancaria señalada en la notificación SOLO sirve para el pago de ese expediente, no pudiéndose pagar otro expediente distinto con cargo a esa cuenta bancaria.

Es muy importante incluir en el asunto el número de referencia de la sanción de manera. Revisa que este número sea correcto antes de realizar la transferencia, ya que si no es correcto, la multa no se entendrá pagada. Además, las comisiones bancarias que la institución bancaria pueda cobrar siempre correrán a cargo de la persona interesada.

Presentación de alegación o recurso:

Si no estás de acuerdo con la multa, puedes presentar una alegación o recurso indicándonos las pruebas que estimes convenientes. Para ello tienes disponibles los siguientes canales:

Aplicación web de presentación de alegaciones

Fax: 0034987842693

Correo Postal: CTDA - Apartado de correos 505 - León 24080 ESPAÑA.

El plazo para presentar pruebas a través de un recurso es de 20 días a partir del día siguiente al día en que la persona interesada recibió la notificación. El plazo para presentar una apelación es de un mes a partir del día siguiente al día en que la persona interesada recibió la notificación.

Recuerde que con la presentación de un recurso renunciará a cualquier derecho a la reducción del 50% del importe de la multa.

Si no paga la multa financiera, no apele contra ella, esta notificación implicará, por sí sola y sin la necesidad de emitir una decisión final, la finlazación del procedimiento de infracción y la multa será definitiva dentro de los 30 días (Artículo 81.5 del Ley de Seguridad Vial). A partir de ese momento, tendrá 20 días para pagar la multa, sin ninguna reducción.

Este caso vence un año después de su inicio si no se ha emitido una decisión final, a menos que existan motivos legales para detenerlo (artículo 92 de la Ley de Seguridad Vial).

Vídeo. Multa por los comentarios sexistas al volante

Identificación del conductor:

Si no eras tu quien conducía el vehículo en la fecha en que se cometió la falta, puedes usar nuestra aplicación web para identificarlo o mandarnos un escrito por fax o correo postal identificando al conductor con la siguiente información:

- Número de identificación de la multa.

- Nombre y apellidos del conductor.

- Número del permiso de conducir, fecha de emisión y país del conductor.

- Dirección del conductor.

Puedes indicar quién conducía el vehículo en el plazo de los 20 días posteriores a la recepción de la notificación de la multa por cualquiera de los siguientes medios:

- Fax: 0034987842693

- Correo Postal: CTDA - Apartado de correos 505. León - 24080 - ESPAÑA.

- A través de la aplicación web, pero tenga en cuenta que no es posible utilizar esta vía si:

• El conductor infractor no reside en España.

• El conductor no es titular del permiso de conducir necesario para conducir el vehículo con el que se cometió la infracción.

En estos casos, deberá hacer la identificación del conductor bien a través del FAX o del correo postal.

Más información y consultas:

Además, si tienes alguna duda, la DGT pone a tu disposición los siguientes canales de comunicación para hacernos cualquier consulta referente a multas de tráfico:

Teléfono de información relacionada con multas de tráfico: 0034 987 010 559 con el siguiente horario de atención:

Lunes a viernes: 8:00 a.m. a 22:00 p.m.

Sábado: 8:00 am - 15:00 pm

Número de fax para enviar escritos: 0034 987 842 693

Dirección postal para enviar escritos: CTDA - CENTRO DE TRATAMIENTO DE DENUNCIAS AUTOMATIZADAS. Apartado de Correos 505. CP 24080 - LEON, ESPAÑA

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