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Una sala de los juzgados de la Ciudad de la Justicia. J. J. Monzó

Estafan a un hombre en Valencia tras hacerle creer que había heredado 9,3 millones de un fallecido en un terremoto en China

La Audiencia Provincial condena al acusado, vecino de la ciudad, a dos años de cárcel; la víctima llegó a pagar 122.000 euros hasta que se dio cuenta de la estafa

Nacho Ortega

Valencia

Miércoles, 28 de agosto 2024

La Sección Quinta de la Audiencia Provincial de Valencia ha condenado a dos años de prisión a un hombre, residente en la capital valenciana, tras declarar probado que estafó a otro tras hacerle creer que era depositario de una herencia de 9,3 millones de dólares norteamericanos dejada por un individuo fallecido en un terremoto en China en el año 2008, según explica el Consejo General del Poder Judicial.

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El perjudicado, según se recoge en la resolución judicial, llegó a abonar por este mismo fraude en cuentas bancarias de Rumanía a disposición de otros presuntos estafadores que no han sido localizados al estar en paradero desconocido otras cantidades que en total superan los 122.000 euros.

La herencia de un desconocido

Los hechos se remontan a mayo a noviembre de 2018, cuando el acusado remitió a la víctima una carta en la que se identificaba como abogado y en la que le comunicaba que podía aceptar una herencia de 9,3 millones de euros depositada en una caja de seguridad en España por un ciudadano fallecido durante un terremoto en China en 2008.

Según recoge la resolución, «se declara probado que el acusado Victoriano (...), natural de Nigeria, en situación de residencia irregular en España, con antecedentes penales no computables a efectos de reincidencia por cancelados y en situación de libertad de la que ha estado un día privado en este procedimiento, actuando con el propósito de obtener un indebido beneficio patrimonial y en unión de otras personas contra las que no se sigue el presente procedimiento por no haber sido identificadas o hallarse en ignorado paradero, en el mes de noviembre de 2018 contactó con el ciudadano canadiense Fructuoso, por medio del envío de una carta en la que su remitente se identificaba como Eutimio, letrado del despacho de Abogados Amro Consultancy, SL.»

Documentación falsa

En dicha carta, según expone la sentencia, «se ponía en conocimiento de Fructuoso el fallecimiento de Juan Carlos durante un terremoto ocurrido en Wenchuan el día 12 de mayo de 2008; y que el mismo que había dejado depositada en una caja de seguridad en España la cantidad de 9.300.000 dólares USA, aconsejando a Fructuoso que aceptase la herencia para poder reclamar el contenido de la caja de seguridad».

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No obstante, le advertía de la necesidad de realizar diversos pagos en efectivo para poder liberar la herencia y remitirle el dinero a su cuenta bancaria, de la que era beneficiario en Canadá.

A efectos de dotar de la máxima apariencia de seriedad y credibilidad a dichas comunicaciones, el acusado y sus compinches elaboraron diversa documentación que fue remitida al Sr. Fructuoso, tales como un documento que simulaba ser una declaración jurada de Eutimio ante el Ministerio de Justicia en España extendido en papel de oficio, certificados emitidos por la empresa Central Safes and Vaults, SRL; o declaraciones de garantía que aparecían como emitidas por el Departamento Administrativo de la entidad bancaria BBVA.

Los referidos documentos, aún con errores de formato y de contenido evidentes, eran sin embargo suficientes para convencer a la persona contactada de la legalidad de la operación, dada su condición de extranjero desconocedor del idioma español y del formato oficial de los documentos de los órganos judiciales en España.

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Pagos

El acusado recibió en una cuenta abierta por él en España con un pasaporte falsificado 5.820 euros del perjudicado que ahora deberá reintegrarle, según se establece en la sentencia.

La sentencia recoge el acuerdo de conformidad al que llegaron antes del juicio la Fiscalía y la defensa, por el que el acusado reconoció los hechos, se declaró autor de un delito continuado de falsedad en documento mercantil y oficial en concurso con un delito de estafa y aceptó las penas solicitadas por ellos.

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El fallo aprecia la concurrencia de las atenuantes de dilaciones indebidas y de reparación parcial del daño, pues el penado consignó antes de la vista oral mil euros para satisfacer parte de los 5.820 euros que deberá abonar a la víctima en concepto de responsabilidad civil.

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