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Partido contra el Alavés, que también se disputó con público. ivan arlandis

El TSJ permitirá que Mestalla albergue hasta 30.000 personas en el Valencia-Real Madrid

m. rodríguez

Lunes, 13 de septiembre 2021, 16:10

El Valencia-Real Madrid de este domingo a las 21 horas va encaminado a disputarse ante más de los 20.000 espectadores que, en principio, fijaba como tope la Generalitat para instalaciones deportivas al aire libre. La Sección Cuarta Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia (TSJCV) ha dictado hoy un auto por el que acuerda suspender cautelarmente la decisión del Gobierno Autonómico. Los magistrados entienden que la Administración «no ha justificado esa medida y, por consiguiente, estima el recurso presentado por la Liga de Fútbol Profesional (LFP)», según han determinado fuentes del propio TSJCV.

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Los recurrentes no cuestionaban el 60% de aforo máximo contemplado en la resolución de la Conselleria de Sanidad del pasado 6 de septiembre para el periodo comprendido entre los días 7 y 27 de ese mes, sino el límite añadido en cuanto a la cifra total de asistentes. Esto, en la Comunitat, sólo afectaba a Mestalla, con una capacidad en la actualidad para unos 55.000 espectadores. Esto implica que, con la resolución en la mano, el Valencia podría vender unas 30.000 localidades, cuando las 20.000 en las que en principio estaba fijado el tope se hallaban cercanas a agotarse. Lo atractivo del partido y el buen inicio del equipo de José Bordalás son desde luego un reclamo para que el aficionado quiera ir el domingo a Mestalla. Sin embargo, en el club han optado por la cautela y no poner de momento a la venta más entradas, ya que la Generalitat aún puede recurrir.

El auto no afecta al resto de clubes que militan en el fútbol profesional (Villarreal, Levante y Elche), pues el 60% de sus respectivos aforos no supera los 20.000 espectadores. Los magistrados no aprecian en la resolución administrativa ni en las alegaciones al recurso formuladas por la Abogacía de la Generalitat «motivo alguno que justifique la oportunidad del requisito acumulado a la limitación del aforo en el 60% de la capacidad de cada estadio de fútbol, sí recogida en el acuerdo del Consejo Interterritorial de Salud de 1 de septiembre».

En este sentido, recuerdan que la resolución de Sanidad ya establece toda una serie de medidas preventivas para los estadios como la exigencia de mantener un asiento de distancia en la misma fila, la sectorización de los accesos, el uso de la mascarilla o el consumo de bebida y comida.

«Carece de sentido, como alega la representación de la Liga, el resultado al que se llega: que a partir de una cifra el espacio disponible (relación de asientos ocupados/vacíos comience a incrementarse, sin que exista ningún factor de riesgo que se justifique, dada la previsión de las demás medidas preventivas», precisa la Sala.

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El Tribunal también alude en el auto, que puede ser recurrido en reposición, la previsible evolución positiva de la pandemia y del ritmo de vacunación para las primeras fechas de efecto de esta medida en los estadios de fútbol valenciano, el próximo 17 de septiembre.

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