T.Villena
Lunes, 10 de abril 2023, 00:46
El dinero en efectivo es una de las principales preocupaciones para Hacienda, que busca terminar a toda costa con la economía sumergida para minimizar el fraude fiscal, poder cobrar los impuestos establecidos y terminar con las actividades ilegales. No es una tarea sencilla: los billetes y monedas son prácticamente imposibles de rastrear y eso hace que la Agencia Tributaria tenga que tomar aplicar medidas especiales a este método de pago.
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Si bien es cierto que los pagos con tarjeta y aplicaciones contactless han ido ganando terreno, el dinero en efectivo sigue siendo muy empleado por los ciudadanos, especialmente para pagos pequeños y gastos del día a día. Pasamos menos por el cajero pero seguimos sacando billetes para llevar 'suelto' en la cartera.
Así que una de las últimas medidas puestas en marcha por parte de la Agencia Tributaria es cambiar el límite con el que se puede pagar en efectivo: de 2.500 a 1.000 euros como máximo para operaciones en metálico. «La lucha contra el fraude es algo que nos concierne a todos, por lo que debemos estar bien informados de la normativa vigente para evitar problemas», explica el Banco de España sobre la necesidad de conocer las modificaciones.
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«Desde el 11 de julio de 2021, no pueden pagarse en efectivo las operaciones de un importe igual o superior a 1.000 euros o su contravalor en moneda extranjera, en el caso de los pagos en los que alguna de las partes actúe en calidad de empresario o profesional», detallan desde el Banco de España.
Pero ojo, porque el Banco de España avisa de un detalle que no hay que pasar por alto si queremos evitar una inspección y multa de Hacienda: «La limitación se aplica a la operación, no al pago en efectivo en sí. Es decir, que si tenemos que pagar una operación de 1.100 euros y pagamos en efectivo 200, estaríamos incumpliendo la norma», advierte la entidad.
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El resultado de hacer esta operación a medias entre dos formas de pago es una contundente sanción por parte de Hacienda: «Debes tener en cuenta que se consideran infractores tanto el pagador como el que recibe la cantidad en efectivo, y responden de forma solidaria de la sanción que llegara a producirse, que será del 25% de la cantidad pagada en efectivo de la operación que supere el importe de 1.000 euros», avisa el Banco de España.
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