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N. Ortega
Valencia
Sábado, 22 de abril 2023, 11:42
Los seguros vida son algunas de las pólizas que se pueden desgravar en la Declaración de la Renta 2022 (la que se presenta en el año 2023), aunque no de forma general. Según explica la Agencia Tributaria en el Manual de la Renta 2022, es posible desgravar cuando el seguro de vida está vinculado a una hipoteca en determinadas circunstancias, aunque hay dos casos más en los que también se puede hacer de forma limitada.
Así, todas las personas que adquirieron una vivienda antes del 1 de enero de 2013 y disponen de un seguro de vida ligado a la hipoteca, pueden desgravar hasta un 15% de las cantidades destinadas a la compra de la casa y al pago del seguro de hogar y de vida, hasta un máximo de 9.040 euros al año.
Para poder desgravarte el seguro de vida vinculado a la hiopoteca es requisito indispensable que dicha póliza la hayas contratado con la misma entidad bancaria con la que firmaste el préstamo hipotecario.
Cuando el seguro de vida está vinculado a la hipoteca es necesario ir al apartado de Régimen de estimación directa y señalar la casilla 0200: Prima de seguro.
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Por ejemplo, si en todo el año pagas 5.200 euros por las cuotas hipotecarias, 350 euros por el seguro de vida y 150 euros por el de hogar (ambos vinculados a la hipoteca); solo tendrás que sumar todas las cantidades y aplicar la deducción del 15 % sobre los 5.700 euros, que es la suma de los tres concepctos.
Pero este no es el único caso. Por ejemplo, es posible deducirse el seguro de vida cuando este se encuentra vinculado a un plan de ahorro, según explica el comparador de seguros acierto.com. En este caso tributa de la misma manera que los planes de pensiones. Además, las cantidades deducibles son distintas en función de la edad: si tienes menos de 50 años podrás deducirte 10.000 euros –como máximo– y si tienes más de 50 años, hasta 12.500.
Los seguros de vida connvencionales que no incluyen un plan de ahorro —que cubren el fallecimiento y la invalidez— no pueden desgravarse en términos generales, pero hay una excepción con los autónomos, ya que la Agencia Tributaria lo considera como un gasto deducible, al estar ligado al desarrollo de su actividad.
El límite para que los autónomos se pueden desgravar en la Declaración de la Renta por el seguro de vida está establecido en los 500 euros, que aumenta hasta los 1.500 euros en el caso de un autónomo con discapacidad. Así, su base imponible (sobre la que pagan impuestos) se verá reducida en esta cantidad.
Más información
Las pólizas individuales de vida con prima única se deben incluir en la casilla 0200. En cualquier caso si tienes cualquier duda, te recomendamos llamar al teléfono de la Agencia Tributaria: 91 535 73 26 / 901 12 12 24.
Según la Ley 50/1980, de 8 de octubre, de Contrato de Seguro, el contrato de seguro de vida es el contrato en el que el asegurador se obliga, mediante el cobro de la prima estipulada y dentro de los límites establecidos en la Ley y en el contrato, a satisfacer al beneficiario un capital, una renta u otras prestaciones convenidas, en el caso de muerte o bien de supervivencia del asegurado, o de ambos eventos conjuntamente. El seguro sobre la vida puede estipularse sobre la vida propia o la de un tercero, tanto para caso de muerte como para caso de supervivencia o ambos conjuntamente, así como sobre una o varias cabezas.
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