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Oficina del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE). Jesús Hellín

Todos los cambios que llegan al SEPE este 1 de noviembre: los nuevos subsidios

Entra en vigor el Real Decreto-ley 2/2024 «para la simplificación y mejora del nivel asistencial de la protección por desempleo»

Jaume Lita

Valencia

Sábado, 26 de octubre 2024, 18:34

Este 1 de noviembre llega uno de los cambios más importantes de la historia reciente en el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) . Entra en vigor todo el articulado que estaba pendiente del Real Decreto-ley 2/2024 para la simplificación y mejora del ... nivel asistencial de la protección por desempleo. La normativa, por diferentes cuestiones, ha tenido diversas fechas para que comience su aplicación paulatinamente. Los primeros puntos que entraron en vigor fueron las medidas referentes a la conciliación familiar, que se aplican desde el 23 de mayo de 2024; el 1 de junio de 2024 se modificaron criterios para el Ingreso Mínimo Vital y este próximo 1 de noviembre se cambian diferentes aspectos que depararán un unos nuevos subsidios.

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Así, de forma básica se conoce que existe una nueva infracción por el que se retirará la ayuda, que hay subsidios que desaparecen, una ayuda pública que sube 90 euros en su cuantía, que se crea un nuevo subsidio especial de 570 euros y que se elimina una ayuda familiar, así como que dejará de pagarse una ayuda de 2.880 euros. Pero hay mucho más. Todo está explicado en el SEPE.

Explican desde el departamento estatal que la entrada en vigor de este Real Decreto-ley implicará un proceso administrativo «más ágil» a la hora de solicitar los subsidios, ya que toda persona será incluida en «los programas prioritarios de la Cartera Común de Servicios del Sistema Nacional de Empleo».

Seis cambios destacados

Sin duda uno de los puntos más llamativos de toda la norma, y que más polémica y debates ha provocado, es que a partir del 1 de noviembre toda persona que cobre un subsidio por desempleo lo podrá compaginar con un empleo. Explican desde el SEPE que esta medida permitirá ayudar a la reincorporación al mercado laboral indicando que este complemento de apoyo al empleo «se podrá prolongar durante un periodo máximo de 180 días tras agotar un año de subsidio».

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Además, se elimina la actual deducción por trabajo a tiempo parcial, permitiendo que puedan acceder al subsidio los españoles emigrantes retornados sin derecho a prestación contributiva.

Se modifica el cómputo de renta de tal manera que no se excluirá al solicitante que supere el 75% del Salario Mínimo Interprofesional sino que se tendrá la consideración de responsabilidades familiares cuando el total de rentas de la unidad familiar entre el número de personas que la forman, (incluido el solicitante) no supere el 75 por ciento del SMI.

Se elimina el mes de espera para acompañar de una manera más eficaz la transición a los subsidios sin vacíos en la cobertura de los colectivos con mayor grado de vulnerabilidad y peores condiciones de empleabilidad.

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También podrán acceder colectivos que carecían previamente de esta cobertura como las personas menores de 45 años sin cargas familiares o las personas trabajadoras eventuales agrarias.

Se reduce a 10 el número de jornadas necesarias para que los trabajadores agrarios por cuenta ajena de carácter eventual incluidos en el Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta Ajena Agrarios puedan beneficiarse del subsidio por desempleo.

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Nuevas cuantías

A partir del 1 de noviembre se modifican de golpe las cuantías de los subsidios, que pasarán a tener una aplicación gradual por periodo de cobro: Los seis primeros meses se percibirá un ingreso que corresponde al 95 % IPREM (570 euros según la referencia actual); los siguientes seis meses la cuantía se reducirá hasta el 90% IPREM (540 euros) y el resto del periodo establecido para cobrar el subsidio se percibirá una cuantía ajustada al 80 % IPREM (480 euros).

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Qué pasa con los subsidios actuales

La gran pregunta con este cambio en los subsidios es qué pasará con los ingresos que se reciben actualmente. Pues lo indica directamente el SEPE en su página con la información relativa a la nueva ley: «Los derechos reconocidos antes de esta fecha se mantienen con la normativa anterior hasta su extinción». Así que por lo que se expone, se mantienen en vigencia todas las ayudas actuales hasta que finalicen su plazo.

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