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Miércoles, 18 de mayo 2022, 00:19
La Seguridad Social ha lanzado un importante aviso a pensionistas y jubilados de España que reciben una pensión de jubilación o incapacidad permanente en la modalidad contributiva. El departamento ofrece diversas pagas y subsidios para quienes ya no se encuentran en edad de trabajar o tienen algún problema de salud que les impide realizar su labor profesional.
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Los pensionistas y jubilados además cuentan con novedades en sus pensiones de la Seguridad Social este 2022, que desde el pasado 1 de enero se revalorizan un 2,5% para ajustarse al índice de precios de consumo (IPC) para garantizar el poder adquisitivo de los beneficiarios de estos subsidios.
Entre otras novedades, la reforma de pensiones pues en marcha por el deparamento encabezado por José Luis Escrivá contempla una serie de ventajas para las personas que decidan retrasar su jubilación más allá de la edad ordinaria que corresponda. Son una serie de ventajas, tanto para el trabajador como para la empresa para estimular la jubilación demorada. Una de ellas es ganar un porcentaje adicional del 4% por cada año completo de cotización después de cumplir la edad ordinaria de jubilación.
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Otra de las posibilidades del actual sistema de pensiones de la Seguridad Social es que tanto la pensión de jubilación como la pensión de incapacidad permanente son compatibles con la realización de una actividad laboral. Es en estos supuestos en los que los pensionistas y jubilados deben prestar especial atención al último aviso del departamento.
La Seguridad Social y sus distintos organismos suelen comunicar información importante a través de Twitter, con el fin de que sus beneficiarios estén al tanto de todas las novedades sobre su pensión. Esta vez, el aviso llega desde Atención a la ciudadanía, donde han comunicado un requisito fundamental para que estos pensionistas puedan ocompatibilizar su actividad con su subvención:
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Tal y como informa en departamento, los pensionistas beneficiarios de una pensión contributiva de jubilación o incapacidad permanente este año que quieran trabajar por cuenta propia o ajena, deberán comunicarlo al Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS).
Jubilación y pensiones
En caso de no comunicar esta situación, el INSS puede sancionar al beneficiario, además de con una cuantiosa multa, con la pérdida o suspensión de la prestación.
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