El sorteo de la Lotería de Navidad ha llevado la alegría a miles de familias españolas. En muchos casos, en forma de sustanciosos premios (el Gordo paga 400.000 euros al décimo).
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Estos premios traen alegría, pero también obligaciones en algunos casos. Las personas que estén cobrando el Ingreso Mínimo Vital son algunas de ellas.
Los beneficiarios de este subsidio están obligados a comunicar cualquier cambio o situación que pudiera dar lugar a la modificación, suspensión o extinción de la prestación, en el plazo de treinta días naturales desde que estos se produzcan, tal y como explica la Seguridad Social en su página web.
El Ingreso Mínimo Vital es una prestación dirigida a prevenir el riesgo de pobreza y exclusión social de las personas que viven solas o están integradas en una unidad de convivencia y carecen de recursos económicos básicos para cubrir sus necesidades básicas.
Esta prestación se paga, por tanto a personas que cumplen una serie de requisitos, que se resumen en que deben estar en situación de vulnerabilidad económica. Según aclara la Seguridad Social, no se considera en tal situación la persona beneficiaria individual que sea titular de un patrimonio neto, sin incluir la vivienda habitual, valorado en un importe igual o superior a tres veces la cuantía correspondiente de renta garantizada por el ingreso mínimo vital para una persona beneficiaria individual. En el año 2023 esto equivalía a 20.353,62 euros.
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De esta forma, ganar un premio de la Lotería que supere esa cantidad, podría afectar al derecho a cobrar la prestación, y tal modificación de la situación patrimonial debe ser comunicada a la Seguridad Social y estudiada por esta.
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Los beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital tienen que cumplir con otra serie de obligaciones económicas, como presentar anualmente una declaración correspondiente al Impuesto sobre la renta de las personas físicas (IRPF).
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