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Una oficina de la Seguridad Social. ÁLEX DOMÍNGUEZ/LV

La ayuda de hasta 100 euros para quienes cobran el Ingreso Mínimo Vital: quiénes pueden pedirla

Esta ayuda de la Seguridad Social supone un colchón económico para quienes pasan una situación económica complicada

TV

Miércoles, 24 de agosto 2022, 01:04

La Seguridad Social ofrece diversas pagas y ayudas para quienes tienen menos recursos económicos para hacer frente a los gastos y necesidades básicas. Entre ellas se encuentra el Ingreso Mínimo Vital (IMV), una subvención pensada para aquellos que tienen una situación especialmente crítica y corren riego de exclusión social por pobreza.

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Por ello, la Seguridad Social ha puesto en marcha esta prestación y exige unos requisitos muy concretos para poder acceder a ella, con el objetivo que se destine únicamente a aquellos que más la necesitan. En el caso del Ingreso Mínimo Vital la paga que recibe el solicitante varía en función de su situación personal y familiar, por lo que la Seguridad Social establece diferentes límites patrimoniales y cuantías para cada supuesto. Esto implica que cualquier cambio en estos ámbitos que afecte a la concesión de la ayuda debe ser comunicado si no se quiere perder el derecho a la misma o tener que devolver su importe en caso de estar recibiéndola indebidamente.

El ministro de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, José Luis Escrivá, informaba hace unos meses de que la subida del 15% en las pensiones no contributivas y en el Ingreso Mínimo Vital (IMV) se extendería hasta fin de año, como parte de la prórroga de las medidas económicas para hacer frente al impacto de la inflación.

Otra buena noticia para los beneficiarios del IMJV es que pueden pedir la ayuda del complemento a la infancia de la Seguridad Social, cuya cuantía puede llegar a los 100 euros y variará en función de la edad de los menores y del número de hijos a cargo, siendo las siguientes cuantías:

- 100 euros al mes por cada hijo de entre 0 y 3 años.

- 70 euros mensuales por cada hijo entre 3 y 6 años.

- 50 euros al mes por cada hijo entre 6 y 18 años.

Podrán solicitarla los beneficiarios del IMV que formen parte de una unidad de convivencia que «no debe superar el 300% de la renta garantizada y el 150% del límite de patrimonio establecidos para el IMV», según detalla la propia Seguridad Social.

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