Una oficina del SEPE. EFE

El SEPE aclara si se puede cobrar el paro tras coger una baja

El Servicio Público de Empleo Estatal explica qué ocurre con el subsidio por desempleo en esta situación

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Miércoles, 19 de enero 2022, 02:26

El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) se encarga de aportar ayudas económicas para aquellos que no se encuentran en una situación financiera óptima y necesitan un extra para poder llegar a fin de mes. Una de las más conocidas es el subsidio por desempleo o paro, aunque no es la única de las prestaciones que el departamento pone a disposición de la ciudadanía.

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Además, el SEPE se encarga de facilitar la búsqueda de empleo y también ofrece formación para quienes están intentando encontrar un nuevo puesto de trabajo. El organismo aclara todas las dudas sobre sus subvenciones. cursos y ofertas a través de su perfil en Twitter, donde también actualiza novedades en términos de requisitos o normativa laboral.

Una de las cuestiones más repetidas entre la ciudadanía gira en torno a las bajas voluntarias. ¿Se puede cobrar la prestación por desempleo si tras coger una de ellas? El SEPE aclara esta pregunta en su sede electrónica: «Si abandona un trabajo de forma voluntaria, no puede percibir la prestación por desempleo», zanja el departamento.

Esto se debe a que, según establece la normativa legal, para poder cobrar una prestación por desempleo es necesario «que la baja en el trabajo no se haya producido de forma voluntaria», recuerda el SEPE, ya que el sistema de protección por desempleo está pensado para amparar a quienes pueden y quieren trabajar pero no encuentran trabajo.

De hecho, aunque posteriormente a la baja el trabajador se reincorpore en una nueva empresa y sea despedido por no superar el periodo de prueba, aunque haya sido por decisión del empresario o la empresaria, «si no han transcurrido más de tres meses desde que cesó voluntariamente en la empresa anterior, tampoco tendrá derecho a una prestación por desempleo», aclaran desde el SEPE.

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Cuándo se puede cobrar el paro tras haber cogido una baja

Sin embargo, sí que hay un supuesto en el que el trabajador tiene derecho a cobrar el susbsidio por desempleo después de haber cogido una baja voluntaria: cuando se incorpore a un nuevo puesto de trabajo y sea cesado por decisión del empresario/a por no superar el periodo de prueba, pero hayan transcurrido «más de tres meses desde la baja voluntaria», y siempre que se reúnan el resto de requisitos necesarios para ello.

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