Una sentencia abre la puerta a que más trabajadores se puedan acoger a una reducción de jornada por hijos
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El Estatuto de los Trabajadores concreta las condiciones de esta situación excepcionalHay épocas en las que el empleo y cuidar de un hijo pueden ser compatibles, pero en otras, por el motivo que sea, no. Entre retirarse por completo de la vida laboral e intentar adaptar el horario hay un abismo, puede estar en juego la sostenibilidad económica de una familia o unidad familiar. Es por ello que el Estatuto de los Trabajadores recoge las condiciones que deben cumplirse para que un empleado pueda acogerse a esta posibilidad de conciliación familiar. Pero una reciente sentencia ha venido a aportar un nuevo sentido a una norma que explícitamente indica que «si dos o más trabajadores de la misma empresa generasen este derecho por el mismo sujeto causante, el empresario podrá limitar su ejercicio simultáneo por razones fundadas y objetivas de funcionamiento de la empresa«.
La clave está en que el Juzgado de lo Social Nº3 de Logroño, en su sentencia 146/2024, ha esclarecido el citado articulado abriendo un nuevo escenario. Si bien es cierto que el juez no se restringe únicamente a lo establecido en el Artículo 37.6 del Estatuto de los Trabajadores, sino que entra en cuestiones internas de la empresa demandada, ya que la mercantil no se ha ceñido a la segunda parte del texto normativo, por el que se exige que las causas para la negación del derecho estén «debidamente motivadas por escrito, debiendo en tal caso la empresa ofrecer un plan alternativo que asegure el disfrute de ambas personas trabajadoras y que posibilite el ejercicio de los derechos de conciliación».
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El juez ha procedido a sentenciar un caso en el que dos empleados del mismo departamento intentaron acogerse a su derecho laboral de una reducción de jornada por necesidades de cuidado de un menor. La empresa se negó y los empleados recurrieron a la Justicia para que determinara el cumplimiento del derecho. En este caso el juez estima que la empresa no justificó los prejuicios, pero no se quedó ahí, sino que abrió en canal el Estatuto de los Trabajadores dejando abierta la puerta a que muchos más empleados puedan sumarse a este punto de vista de la norma.
El caso en cuestión, además, tenía como protagonistas a un padre que pedía la reducción de jornada en el tramo final de su jornada laboral y a una madre que disfrutaría del derecho al inicio de la misma. Es decir, mismo departamento pero cada uno estableciendo su reducción en tramos horarios diferentes.
Pues en base a ello el juez ha estimado que dos trabajadores de la misma empresa y mismo departamento pueden solicitar y disfrutar a la vez una reducción de jornada motivada «por el mismo sujeto causante» siempre que «sus horario no se solapen».
Así que dos empleados se han encontrado que la empresa no justificó debidamente los prejuicios de la combinación de dos reducciones de jornada y que el juez ha estimado que, además, si no coinciden en horario. Ahora la clave es, ¿cuántos empleados podrán acogerse a esta nueva lectura del articulado?
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