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Un agente de la Guardia Civil impone una multa a un conductor. EFE

Llega la nueva Ley de Tráfico, con más multas y novedades en el carné por puntos

El Congreso vota el nuevo texto con el que la DGT cambia los límites para adelantar y castiga el uso del móvil aunque no se esté utilizando

REDACCIÓN

VALENCIA

Jueves, 30 de septiembre 2021, 10:19

El Congreso de los Diputados debate, vota y daráluz verde este 30 deseptiembre de 2021 al nuevo texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, que pasará directamente al Senado y que incorpora numerosas novedades. Este texto ya fue aprobado por el Consejo de Ministros en su reunión del 16 de marzo de 2021 e incorpora una serie de medidas que mejoran y actualizan el sistema del permiso y la licencia de conducción por puntos, así comonuevas multas.

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Las principales medidas recogidas en el proyecto de ley son las siguientes:

• Unifica en un plazo de dos años el tiempo que habrá de transcurrir sin cometer infracciones para recuperar el saldo inicial de 12 puntos, siempre que no se haya perdido todo el saldo.

• Sustituye la infracción grave consistente en «utilizar» mecanismos de detección de radares o cinemómetros por el mero hecho de «llevar en el vehículo» esos dispositivos. El nuevo tipo infractor mantiene la pérdida de tres puntos que se asignaba a la anterior infracción.

• Aumenta de 3 a 6 los puntos a detraer por conducir sujetando con la mano dispositivos de telefonía móvil

• Eleva de tres a cuatro los puntos a detraer por no hacer uso del cinturón de seguridad, sistemas de retención infantil, casco y otros elementos de protección. Además, incorpora como causa de la pérdida de esos puntos el hecho de no hacer uso de los mismos de forma adecuada.

Suprime la posibilidad de que turismos y motocicletas puedan rebasar en 20 km/h los límites genéricos de velocidad en las carreteras convencionales cuando adelanten a otros vehículos. A esta medida han presentado enmiendas los grupos popular, Ciudadanos, PNV, ERC, Plural y Vox con el objetivo de que se mantenga la posibilidad de rebasar esos 20 km/h en adelantamientos.

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• La superación de cursos de conducción segura, siempre que se cumplan los requisitos establecidos y se tenga saldo positivo de puntos, se compensará con dos puntos adicionales, hasta un máximo de quince puntos y con una frecuencia máxima de un curso cada dos años. No obstante, la recuperación de esos puntos no será efectiva hasta que entre en vigor la regulación de las condiciones que deben cumplir tales cursos.

• Tipifica como infracción muy grave la utilización de dispositivos de intercomunicación no autorizados en las pruebas para la obtención y recuperación de permisos o licencias de conducción u otras autorizaciones administrativas para conducir, o colaborar o asistir con la utilización de dichos dispositivos, que será sancionada con multa de 500 euros y la imposibilidad de que el aspirante pueda volver a presentarse a las citadas pruebas en el plazo de seis meses. Se trata del fraude más habitual en esta clase de pruebas.

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• El conductor de un vehículo de movilidad personal (VMP), como son los patinetes eléctricos, estará obligado a utilizar casco de protección en los términos que reglamentariamente se determine.

Otras medidas

• Añade a las funciones correspondientes al Ministerio del Interior, ejercidas a través del Organismo Autónomo Jefatura Central de Tráfico, la función inspectora, hasta ahora regulada en normas con rango de real decreto; así como la función de auditoría de los centros y los operadores que realizan servicios y trámites relacionados con el mencionado organismo autónomo.

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• Prevé el desarrollo de un sistema telemático para que las empresas de transporte puedan conocer si un conductor profesional de su plantilla se encuentra en situación legal de poder conducir vehículos de transporte, al disponer de un saldo positivo de puntos, al que podrán acceder dichas empresas en los términos que regule el Gobierno.

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