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Un hombre circula en moto por Valencia IRENE MARSILLA
DGT | El aviso de la DGT: las 10 cosas que no debes hacer si circulas en moto

El aviso de la DGT: las 10 cosas que no debes hacer si circulas en moto

Adelantar sin separación, circular por el arcén o invadir el sentido contrario puede acarrear multas a los moteros

r. d.

Viernes, 2 de abril 2021, 09:43

En estos días festivos de la Semana Santa, la Dirección General de Tráfico se ha volcado en la campaña de prevención de accidentes y para ello rescató un anuncio de 1973 que recordaba la importancia de llevar al cinturón al volante. No sólo eso, porque la DGT ha intensificado sus anuncios acerca de la importancia de cumplir las normas antiCovid cuando se circula.

Primero, recordando el cierre perimetral impuesto por el Gobierno que restringe la libertad de circulación entre comunidades hasta el 9 de abril (en la Comunitat Valenciana, esta medida está vigente hasta el 12).

La DGT también ha lanzado un aviso para los moteros. Tráfico ha elaborado un decálogo con las cosas que no se deben hacer si circulas sobre dos ruedas para tratar así que se reduzcan los accidentes en los que están implicados las motos. Según la web de la Dirección General de Tráfico, las diez normas son las siguientes:

1. Adelantar sin separación: Los motoristas también tienen la obligación de distanciarse lateralmente del vehículo que adelantan. En poblado, debe ser una separación suficiente; pero en carretera, donde las velocidades de circulación son más altas, esta distancia de seguridad lateral debe ser, al menos, de un metro y medio.

2. Velocidad inadecuada: Adecuar la velocidad a la vía y las condiciones es fundamental, más en moto: en este vehículo una velocidad de circulación excesiva –o demasiado baja– puede ser sinónimo de caída y desastre dada la desprotección de sus ocupantes.

3. Circular por el arcén: Como norma general, los conductores de motocicletas –y de otros automóviles– tienen prohibido circular por el arcén. Eso sí, podrán ocuparlo siempre que, por una emergencia, circulen a una velocidad anormalmente reducida y molesten a los demás conductores.

4. Adelantar por la derecha: El adelantamiento por la derecha en zonas interurbanas –carreteras, autopistas o autovías– está prohibido ya que puede resultar muy arriesgado si el vehículo adelantado pretende volver al carril derecho en ese preciso momento.

5. Cambiar de sentido donde no está permitido: Esta maniobra debe realizarse donde sea segura, en el tiempo y espacio imprescindibles y señalizándola con antelación. Por ello, está prohibido realizarla en pasos a nivel, túneles, autopistas y autovías, curvas y cambios de rasante con poca visibilidad.

6. Circular con la luz apagada: La iluminación frontal y trasera hace más visible a una motocicleta. Tanto si se acerca como si nos acercamos a ella, con luz advertiremos su posición –menos voluminosa– en la calzada desde una distancia mayor. Por eso, las motocicletas que circulen por cualquier vía deben llevar siempre encendido el alumbrado de cruce.

7. Avanzar entre coches: Como el resto de automóviles, las motocicletas deben circular por su lugar correspondiente, haciéndose visibles en el centro de su carril, que abandonarán para adelantar, girar, cambio de carril... En cambio, avanzar entre vehículos sin la separación adecuada es arriesgado, ya que resultan imprevisibles para el resto de los conductores.

8. Estacionar en la acera: Aceras, paseos y demás zonas peatonales son lugares donde motos –y demás vehículos de motor– tienen prohibido estacionar como norma general. No obstante, los ayuntamientos pueden regular la parada y el estacionamiento para vehículos de dos ruedas en estos lugares, siempre que no entorpezcan ni ponga en riesgo el tránsito de peatones.

9. Velocidad excesiva en zonas residenciales: En lugares con mucha probabilidad de un 'encuentro' vehículo-peatón, los conductores deben reducir la velocidad todo lo necesario.

10. Invadir el sentido contrario: En ocasiones, los conductores de moto pueden verse tentados de invadir el sentido contrario para avanzar más rápidamente por una calle colapsada. Aun recorriendo unos pocos metros, se trata de una infracción grave (500 € y seis puntos), peligrosa para el motorista por el riesgo de colisión contra los automóviles que circulan correctamente y de estrés en los conductores que se ven obligados a esquivarle.

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