Una sanitaria, con un anciano residente. EFE

Las dos únicas situaciones en las que se podrá quitar la mascarilla en espacios cerrados

El Gobierno aprueba este jueves la nueva normativa, que entra en vigor el 26 de junio

REDACCIÓN

VALENCIA

Miércoles, 23 de junio 2021, 17:42

Sin mascarilla en espacios abiertos siempre que se pueda mantener una distancia de 1,5 metros y que no haya aglomeraciones. Pero mascarilla siempre en el bolsillo por si es necesario ponérsela. Es la regla general de la nueva normativa que se aprueba este jueves 24 de junio en el Consejo de Ministros extraordinario, que no ha sido votada en el Consejo Interterritorial y que, sin embargo, tiene dos grandes excepciones cuando se habla del uso de la mascarilla bajo techo.

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Según el texto, en espacios cerrados se tendrá que seguir portando la mascarilla siempre, salvo en dos situaciones muy concretas, que también tienen letra pequeña: en las residencias y en las cárceles.

En las residencias

En los «centros sociosanitarios» donde más del 80% de los usuarios haya recibido la pauta completa (que en realidad son la práctica totalidad de ellos) los residentes podrán no llevar el tapabocas en los espacios comunes cerrados. sin embargo, sigue existiendo dos casos en las que se tendrán que llevar siempre de forma obligatoria: las personas que realicen visitas y los propios trabajadores de los centros. Ni unos ni otros se la podrán quitar.

En las cárceles

La propuesta permite cierto margen de flexibilidad en las prisiones, aunque queda en manos del Ministerio de Interior las reglas que se deberán cumplir: «El uso de mascarillas en centros penitenciarios en los que hay movilidad de los internos, tanto en exteriores como en espacios cerrados, se regirá por normas específicas establecidas por la autoridad competente del Ministerio del Interior».

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