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Seguridad Social: último aviso para cobrar más pensión | La Seguridad Social avisa de un complemento para aumentar la pensión aunque ya se ingrese la máxima posible

La Seguridad Social avisa de un complemento para aumentar la pensión aunque ya se ingrese la máxima posible

Generalmente este plus está dirigido a mujeres pero un hombre puede percibirlo si demuestra que se ha visto perjudicado

j. lita

Lunes, 6 de septiembre 2021, 09:50

La Seguridad Social hace uso de sus perfiles en redes sociales para intentar ayudar tanto a los ya pensionistas como a las personas que en un futuro breve de tiempo va a pasar a engrosar el listado oficial de la administración por percibir una compensación estatal. El último aviso compartido vía Twitter principalmente va dirigido a las mujeres pero un hombre podría llegar a cobrar este plus si se demuestra que se ha visto perjudicado. Además, según indica la propia administración este complemento a percibir en 14 pagas se recibiría aunque ya se tuviera derecho a la pensión máxima.

El complemento no es otro que el de la lucha contra la brecha de género. Por ello principalmente va dirigido a la mujeres, pero no es un plus exclusivo para el sexo femenino, a que si un varón demuestra que ante una paternidad se ha visto afectado por tal brecha podría llegar a cobrarlo, aunque deberá cumplir unos requisitos diferentes al caso de las mujeres. La base esencial es si uno de los dos progenitores ha dejado de cotizar por el nacimiento de un hijo.

Así, y según consta en la pertinente información de la Seguridad Social, este complemente hay que solicitarlo expresamente y en caso de ser aceptado por la administración se ingresaría en 14 pagas, las 12 mensuales y las dos extraordinarias. La cuantía de este complemente es de 378 euros al año por hijo, situándose el máximo de descendientes en cuatro. Una persona con dicho complemente aceptado vería incrementada su pensión en 27 euros mensuales por hijo.

Este complemente se puede cobrar con la pensión de jubilación, así como con la de viudedad e incapacidad permanente. Los únicos motivos que provocan que no se pueda ingresar es que el solicitante no tenga la patria potestad tras una sentencia por incumplimiento de los deberes inherentes, así como si se da el caso de haber sido condenado por violencia de género o por malos tratos a un hijo.

La Seguridad Social avisa de que este complemente se puede recibir aunque se tenga derecho a la pensión máxima en cada caso.

Cómo puede cobrar un hombre este plus:

:

-Si los tuvieron antes de 1995, deben acreditar más de 120 días sin cotización entre los nueve meses anteriores al nacimiento y los tres años posteriores, además de una cuantía de pensión inferior a la de la mujer.

-Si éstos nacieron a partir de 1995, deben acreditar que la suma de las bases de cotización de los 24 meses posteriores a la llegada del bebé son inferiores al menos un 15% a las de los 24 meses anteriores al nacimiento, además de tener una pensión de importe inferior a la de la mujer.

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