Centro penitenciario de Villena. ÁLEX DOMÍNGUEZ

La ley del 'sólo sí es sí' dejará en libertad al primer agresor sexual en la Comunitat

El dueño de un locutorio que violó a una empleada y recibió una condena de 13 años sale de prisión al rebajarle su pena

alejandro hernández

Jueves, 1 de diciembre 2022, 15:51

Casi dos meses ha tardado en llegar la polémica Ley de garantía integral de la libertad sexual, conocida como la ley del 'sólo sí es sí' a la Comunitat, en concreto a la provincia de Alicante. Desde el pasado 7 de octubre, fecha en la que entró en vigor, se elimina la distinción entre agresión sexual y abuso lo que puede acarrear que las penas por violación se vean reducidas.

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De este modo, se ha abierto la posibilidad de que haya condenas que se reduzcan e incluso que un condenado sea excarcelado de manera inmediata, lo que ha generado una gran controversia y un enconado debate entre respresentantes políticos y judiciales.

Como es el caso que ha ocurrido este jueves en la ciudad de Alicante, donde la Sección Primera de la Audiencia Provincial ha dictado un auto por el que rebaja en dos años la pena -de seis a cuatro años- impuesta a un condenado de nacionalidad marroquí por un delito de agresión sexual constitutivo de violación y acuerda su inmediata excarcelación a causa de ese cambio legal.

El Tribunal impuso al reo la pena mínima prevista por el legislador para ese delito en diciembre del año 2010. Al cambiar la ley y ser su aplicación más favorable para él, se le aplica la nueva condena mínima que contempla para el mismo delito el Código Penal tras la reforma operada por la Ley 10/2022 de garantía integral de la libertad sexual.

Esto se debe a que a los penados les asiste siempre el derecho a que se les aplique la norma más beneficiosa aunque sea posterior al momento de dictarse sus condenas, por lo que en el supuesto de autos procede la revisión de la condena impuesta en la sentencia por el delito previsto en los artículos 178 y 179 del Código Penal y la reducción de la pena impuesta por ese delito.

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El penado fue condenado en su momento, junto a otros acusados, a un total de 13 años, 9 meses y dos días de prisión desglosados de la siguiente manera: seis años y un día por un delito de agresión sexual constitutivo de violación, otros seis años y un día por un delito contra los derechos de los ciudadanos extranjeros y un año, nueve meses y un día por cometer un delito continuado de falsedad documental.

El reo comenzó a cumplir la pena impuesta en la sentencia el 23 de febrero de 2012, por lo que la misma debía quedar extinguida el 17 de octubre del 2024. De esta manera, y al rebajarle dos años la condena por el delito de violación, se ha acordado su inmediata puesta en libertad. Sin embargo, el auto que ordena su excarcelación puede ser recurrido en casación ante el Tribunal Supremo.

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El Tribunal, a la hora de tomar esta decisión, invoca en los fundamentos jurídicos del auto la reciente sentencia del Tribunal Supremo, de fecha 29 de noviembre de 2022, en el marco del denominado 'caso Arandina', que analizaba lo ocurrido con dos de los excomponentes del equipo de fútbol burgalés implicados en un caso con una menor de 15 años que denunció haber sido objeto de agresión sexual en un domicilio de Aranda de Duero.

Con respecto a este primer caso que se conoce en la Comunitat Valenciana, el preso que será excarcelado violó a una mujer que trabajaba para él. El individuo regentaba un locutorio y una carnicería en localidades de la comarca alicantina de la Marina Alta y también cobraba dinero a compatriotas marroquíes para facilitarles la entrada en España con documentación falsa.

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Según fuentes jurídicas, los tribunales ya han rebajado al menos 11 condenas de abusos sexuales por la aplicación de la 'ley del solo sí es sí', y se espera que los magistrados revisen decenas de sentencias más. Una de las peticiones de revisión más polémicas es la de uno de los condenados de la Manada de Pamplona. Entre los casos de revisión de sentencia y rebaja de pena, las mismas fuentes jurídicas han confirmado cuatro en Madrid, dos en Baleares, dos en Galicia, uno en Andalucía, uno en Murcia y otro en Segovia. En cinco de estos casos los condenados fueron excarcelados: dos de Baleares, dos de Madrid y uno de Galicia.

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