Secciones
Servicios
Destacamos
J. A. Marrahí
Jueves, 21 de julio 2022
«Espero que no se enfaden conmigo cuando vean el objeto del veredicto». «Tienen mucha suerte, es un reto y los retos, cuanto más grandes, mejor». Con estas frases despidió la magistrada Clara Bayarri este lunes la entrega del monumental 'tocho' de 143 folios y ... 700 cuestiones con el que el jurado debe decidir, razonadamente, si Jorge Ignacio P. J. mató a tres mujeres y lo intentó con otras siete al convenir citas sexuales en las que supuestamente intoxicaba a las mujeres con cocaína de gran pureza en sus genitales.
Así es el caso de Marta Calvo, la última de las fallecidas, la que destapó el entuerto y la última de una triste serie de tres que se completa con la brasileña Arliene Ramos y Lady Marcela. Decidir culpabilidad o inocencia para personas no doctas en Derecho que se ponen la toga ocasionalmente como miembros de jurado resulta complejo y una gran responsabilidad.
Pero esa dificultad se acrecienta ante un galimatías de posibilidades que se complican especialmente en el delito más crucial y penado de los posibles en este asunto: el que atenta contra la integridad física de las personas. Analizamos las claves del galimatías que siete mujeres y dos hombres intentan desenredar con su mejor voluntad, pero quizá atenazados por los vericuetos y bifurcaciones del objeto del veredicto. Elegir el camino correcto y con las mayorías necesarias entre 700 caminos y, encima, razonarlo lleva su tiempo. Hasta este jueves 21 de julio, cuatro días.
En sí mismo, esta cantidad de posibles afectadas por el delito ya es inusual en un procedimiento penal. Y en cada caso hay matices, aunque en global aparece una mecánica semejante: la de citas sexuales con empleo de cocaína bajo la denominación de 'fiesta blanca'. Ni todas las víctimas corrieron la misma fatalidad, unas murieron y otras no, ni en todos los casos se han podido recabar las mismas pruebas. En el caso de Marta se agrava el asunto por la ausencia de autopsia y un supuesto descuartizamiento, reconocido por el acusado pero cuestionado por la Guardia Civil.
A grandes rasgos, lo que refleja un cuestionario del objeto de veredicto es un compendio de las distintas acusaciones. Vendría a ser un conjunto de caminos (posibilidades) de lo que el jurado cree que pasó entre las versiones de cada parte. Muchos relatos posibles en los que deben elegir uno. Un sendero entre muchos. Y que, además, cuadre con su veredicto de culpabilidad en cada caso para no ser tumbado por contradicción. Háganse una idea: la fiscal le acusa de abuso sexual para cometer homicidio (tentativa en el caso de las supervivientes).
Noticias Relacionadas
J. A. Marrahí / B. HERNÁNDEZ
Juan Antonio Marrahí
La abogada de Lady Marcela, Arliene Ramos y varias de las supervivientes, prisión permanente revisable por dos asesinatos con alevosía y agravante de género, tentativas de homicidio en el caso de las no fallecidas. La letrada de la madre de Marta pide lo mismo y suma el delito contra la integridad moral y el abuso sexual. La abogada del padre de la joven de Estivella, en la misma línea: prisión permanente revisable al entender que sufrió un asesinato con alevosía con la agravante de género. El abogado de otra de las supervivientes cree que hubo tentativa de asesinato y abusos sexuales y la letrada de otra más, refiere los mismos hechos. Y todos ellos, y también la fiscal, estiman que el delito de tráfico de drogas estuvo presente en cada caso.
El eje central del veredicto, el que más pena podría acarrear al sospechoso es, obviamente, el de los delitos contra la integridad física. Ya sea con el resultado de muerte (en las tres fallecidas) o, de otro lado, con el intento de la matar o bien lesionar en el caso de las supervivientes. Lo que se hace en los objetos del veredicto es resumir los caminos posibles cruzando todas las acusaciones. Si atendemos a los escritos finales de acusación, con las tres muertes aparecen varios senderos posibles que van desde el asesinato con sus posibles agravantes al homicidio simple con sus posibles agravantes. En el caso de las supervivientes, el jurado debería decidir también culpabilidad o inocencia en siete casos y en dos variables con sus respectivas agravantes alevosas o de género: o bien intentó matar o bien intentó lesionar, esto último con menor consecuencia en pena.
Si bien las deliberaciones son secretas y los miembros del jurado están incomunicados, sus dudas han salido a la luz en la comparecencia aclaratoria convocada este miércoles por la magistrada después de transcurrir dos días sin completarse el objeto del veredicto. Tal y como se expresó en una de las consultas expuestas por la magistrada, parece que el jurado, se ignora si uno o varios de sus miembros, tienen dudas respecto a la intencionalidad de matar del acusado. En el sentido de que, quizá, buscaba una práctica extrema (de riesgo) con el empleo de cocaína en las citas sexuales pero no exactamente matar sistemáticamente mujeres con intenciones de cocaína.
Es decir, se pone sobre la mesa una conducta que coincide con el delito de homicidio imprudente, pero que, sin embargo, ninguna de las acusaciones, ni tampoco la defensa, ha planteado en sus peticiones. ¿Qué puede suceder en este punto? Dentro de las posibles culpabilidades o no culpabilidades está la del homicidio simple, definida como que el sospechoso mató. Sin entrar en más detalles sobre sus pretensiones o cautelas.
En este sentido, y en el supuesto de que el jurado decida en esta línea, la parte relativa a esa posible imprudencia o juego sexual de alto riesgo para las víctimas podría ser de algún modo aproximada con lo que, en términos jurídicos, se denomina el elemento subjetivo. Define los diferentes grados de voluntad de un sospechoso ante una acción y también sobre eso deciden los jurados en términos de «probado» o «no probado». Sin embargo, la opción del homicidio imprudente (una conducta que mata sin saber el autor que podía matar o por falta de prevención) no forma parte de la acusación y por tanto tampoco se reflejaría en las opciones del objeto del verdicto. Sí se contempla, sin embargo, el concepto del dolo eventual, que vendría a resumirse en un 'sé que esto que hago puede matar o hacer daño, pero como me gusta, me arriesgo aunque mate o lesione'.
Prisión permanente revisable. Es la mayor pena del ordenamiento jurídico español y la que, en alguna medida, podría saciar el hambre de justicia de los padres de Marta y las familias de las fallecidas. En ella, el reo permanece en prisión el tiempo necesario hasta que se certifique su reinserción. Sin embargo, esta pena pende estrechamente de lo que finalmente salga en el complejo cuadro de las 30 posibles culpabilidades o no culpabilidades de Jorge Ignacio. Y podría llegar en dos supuestos distintos: un «culpable» de asesinato y de un delito sexual con la misma víctima o bien un «culpable» de asesinato con las tres víctimas fallecidas al margen de las decisiones respecto al delito sexual.
¿Ya eres suscriptor/a? Inicia sesión
Publicidad
Publicidad
Te puede interesar
Publicidad
Publicidad
Esta funcionalidad es exclusiva para suscriptores.
Reporta un error en esta noticia
Comentar es una ventaja exclusiva para suscriptores
¿Ya eres suscriptor?
Inicia sesiónNecesitas ser suscriptor para poder votar.