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Los contribuyentes que pueden recibir un 'regalo' de hasta 2.550 euros en su declaración de la Renta
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La Agencia Tributaria ofrece deducciones específicasLa campaña de la declaración de la Renta 2023 está a pleno rendimiento. Ya se puede solicitar la cita previa telefónica para cumplir con la obligación fiscal por parte de contribuyente. Es importante destacar que hay que presentar la documentación del año 2023, por lo que habrá que revisar todos lo ingresos y posibles deducciones del año pasado. Lo que haya ocurrido, en dicha materia, entre enero y ahora, será para la campaña de dentro de un año. Es por ello que hay que hacer la declaración de un fallecido hasta cubrir el año del deceso.
La Renta hay que revisarla al dedillo, es por ello que hay gente que decide confiar su formalización fiscal a un asesor. Uno de los motivos que llevaría en esta Renta a delegar en un profesional serían las deducciones ciertamente desconocidos. En este punto encontramos la posibilidad de que Hacienda conceda hasta 2.550 euros que pueden servir para equilibrar la balanza fiscal, para hacer que paguemos menos o incluso para aumentar la cantidad que el fisco nos debe ingresar en nuestra cuenta bancaria.
Los contribuyentes pueden recibir un 'regalo' por parte de la Agencia Tributaria siempre que cumplan con las especificaciones descritas en la campaña actual. Deducciones hay muchas, por lo que cualquier ayuda siempre es buena. Hacienda establece que existe una deducción para toda aquella persona que tiene a su cargo a un familiar directo de más de 65 años.
Este caso se establece en las deducciones por parentesco y discapacidad. Se podrá acoger a esta situación toda persona que tenga convivientes con ascendientes (padres o abuelos) que sean mayores de 65 años o tengan una discapacidad igual o superior al 33%, así como aquellos cónyuges no separados legalmente que conviven con una persona mayor de 65 años o con discapacidad igual o superior al 33%.
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La cantidad máxima de dinero que se puede deducir depende de la situación específica de la persona cuidada. Si tiene entre 65 y 74 años se establece un tope de 1.150 euros anuales por cada persona, cantidad que se indica también para casos de cónyuge no separado. En el caso de tener más de 75 años se alcanza el máximo de 2.550 euros anuales por cada persona.
Pero para poder recibir este dinero deben cumplirse unas condiciones muy concretas, tanto por parte del declarante como del ascendiente a cuidado. En este caso se establece que la persona mayor debe tener más de 65 años o menos de 65 años siempre que tenga igual o más del 33% de discapacidad, debe residir con el contribuyente al menos medio año, no disponer de rentas de más de 8.000 euros anuales y que no presente declaración de la Renta por sus propios ingresos.
En el caso del contribuyente hay una obviedad establecida por la Agencia Tributaria: debe presentar la declaración. La segunda condición es que no puede estar judicialmente incapacitado ni tutelado.
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