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Una oficina de la Agencia Tributaria. EP

Los 8 errores que te pueden costar hasta 30.000 euros en la declaración de la Renta

Hacienda prevé sanciones para estos olvidos y otros fallos durante la camapaña de la Renta 2020

LP.ES

Martes, 20 de abril 2021, 01:39

La campaña de la Renta 2020 arrancó el pasado 7 de abril de forma 'online'. Durante las próximas semanas, los contribuyentes presentarán la declaración de la Renta por Internet, por teléfono o de forma presencial (en estos dos últimos casos, siempre con cita previa).

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Aunque el proceso para hacer la declaración de la Renta puede ser confuso, la Agencia Tributaria no admite errores ni olvidos. Estos son algunos de los fallos en la declaración que Hacienda penaliza con sanciones de hasta 30.000 euros.

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1. Datos erróneos o incompletos

En el caso de haber cambiado de domicilio fiscal y no haberlo especificado, la sanción de Hacienda se eleva hasta los 100 euros. Por eso, es sumamente importante revisar todos los datos, sobre todo en este último apartado. El borrador no vincula de ninguna manera a la Administración, y el contribuyente siempre tiene la obligación de revisarlo para modificar o añadir alguna información. En el caso de confirmarlo con datos erróneos o incompletos conlleva una multa de 150 euros.

2. Presentación fuera de plazo

Es muy imporatnte, durante la campaña de la Renta, ceñirse al calendario de la Agencia Tributaria. Si el contribuyente presenta la declaración fuera de plazo, se le cobrará un recargo que varía según las circunstancias,

Si se realizan las gestiones antes de que se produzca el requerimiento de la Administración, siempre que el resultado salga a pagar, el recargo será del 5% si han transcurrido 3 meses desde la finalización de la campaña de la Renta, un 10% de los 3 a 6 meses siguientes, un 15% de los 6 a 12 meses siguientes y un 20% más los intereses de demora si han pasado más de 12 meses. Cuando el resultado del IRPF sale a devolver, la sanción de Hacienda por el retraso en la presentación es de 100 euros.

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Por otra parte, cuando la Agencia Tributaria ya ha notificado al usuario la demora, si la declaración sale a pagar, el contribuyente deberá pagar una multa que puede ir desde el 50% hasta el 150% de la cantidad correspondiente, junto con los intereses. Sin embargo, si el resultado es negativo, se establece un único recargo de 200 euros.

3. Deducciones o bonificaciones erróneas

Uno de los fraudes más frecuentes en la declaración de la Renta es el de aplicar deducciones o bonificaciones que no corresponden. En este caso, Hacienda considera que se está cometiendo una infracción grave, y la sanción asciende al 15% de la candidad recibida. Cuando, además, se han omitido datos importantes o se ha incluido información falsa en la declaración, se establece un gravamen de 300 euros.

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4. Omisión o falsificación de información

Utilizar facturas, justificantes o documentos falsos para obtener un beneficio en la declaración de la Renta superior a 3.000 euros está castigado por Hacienda con multas de entre el 50 y el 100% del importe.

En el caso de utilizar medios fraudulentos, el error se considerará falta muy grave y la multa asciende hasta el 150% según el perjuicio causado a Hacienda.

Por otra parte, si Hacienda considera que el contriibuyente está implicado en un fraude millonario, la sanción puede ser de más de 30.000 euros para infracciones graves o de más de 300.000 euros para infracciones muy graves. Además, a esta penalización se puede añadir la pérdida de ayudas públicas o subvenciones, o la suspensión profesional.

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5. Número de identificación fiscal

Es necesario indicar correctamente la identificación fiscal u otros códigos y números solicitados. No hacerlo, puede conllevar sanciones leves (multa de 150 euros), graves (con un mínimo de 1.000 euros) y muy graves (una sanción fija de 30.000 euros)

6. Autoliquidaciones incorrectas

Cuando la presentación de una autoliquidación es incorrecta, pero sin perjuicios económicos, las sanciones serán de 150 euros y 250 euros para declaraciones censales. En caso de que no se ingrese una deuda tributaria resultante de una autoliquidación, hay tres opciones de sanción: leve (del 50%), grave (de 50 al 100%) y muy grave (de 100 a 150%) sobre la base de la cifra no ingresada.

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7. Incumplimiento de obligaciones

Las obligaciones contables, registrales, de facturación o documentación conllevan importantes multas si no se cumplen. En los dos primeros casos, será una multa de 150 euros, aunque pueden alcanzar los 600 euros.

En los otros dos supuestos pueden darse por incumplimiento de los requisitos (la sanción será del 1%), la falta de expedición o conservación de facturas (del 2% o 300 euros, si no se conoce la cifra final) o facturas con datos falsos (del 75%).

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8. Excusas

Se sanciona con multas de entre 100 y 600 euros oponer resistencia ante la Agencia tributaria, por ejemplo poniendo excusas para no aportar los fatos correctos.

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