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Fernando Sánchez / Europa Press
El motivo por el que el SEPE permite que se siga cobrando el paro aunque se rechacen empleos

El motivo por el que el SEPE permite que se siga cobrando el paro aunque se rechacen empleos

El volumen de colocaciones gestionadas por este organismo ha caído en picado en los últimos años, registrando un descenso del 53% desde 2018

Miércoles, 28 de agosto 2024, 00:02

Las personas que reciben una prestación por desempleo, ya sea en forma de paro o subsidio, asumen una serie de compromisos y responsabilidades al iniciar este proceso en los servicios públicos de empleo. De hecho, su incumplimiento puede implicar la extinción definitiva de la prestación o una sanción.

Cuando alguien pierde su trabajo y se registra como demandante de empleo en el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), accede a una serie de servicios y beneficios, como la prestación por desempleo o la posibilidad de participar en programas de formación y orientación laboral. Para ello, los contribuyentes deben cumplir con una serie de condiciones indispensables, como sellar la cartilla del paro y demostrar que se está buscando activamente trabajo.

Tal y como explican desde el organismo público, una de las obligaciones de quienes cobran la prestación por desempleo «es buscar activamente empleo y cumplir las exigencias del acuerdo de actividad que se incluye en la solicitud de su prestación». Este compromiso implica «aceptar colocaciones adecuadas y participar en acciones que aumenten sus posibilidades de colocación (la formación profesional entre ellas)», añaden.

Es por ello que, el rechazo de una oferta de adecuada o de un curso de formación, sin causa justificada, «está considerado como infracción grave de las personas beneficiarias y solicitantes de prestaciones. Dicha infracción se sanciona con la pérdida de la prestación tres meses la primera vez, seis meses si se reincide una segunda vez y con la extinción de la prestación si hay una tercera vez».

Eso sí, las ofertas recibidas del SEPE deben cumplir con ciertas condiciones para que el rechazo se considere una infracción. En primer lugar, el empleo ofrecido debe ser coherente con el perfil solicitado por el desempleado, relacionado con su ocupación habitual y ajustarse a sus habilidades formativas y físicas, o corresponder a la última profesión desempeñada por el beneficiario. De igual manera, la propuesta de trabajo debe igualar o superar el Salario Mínimo Interprofesional (1.080 euros mensuales), y el lugar de trabajo debe situarse en la localidad de residencia del trabajador o estar a una distancia máxima de 30 kilómetros.

También se deberá tener en cuenta la duración del trabajo (si es indefinido o temporal) o de la jornada (a tiempo parcial o completo). «Dicha colocación será adecuada si el salario es el que equivale al puesto de trabajo ofrecido, con independencia de la cuantía de la prestación a que tenga derecho la persona trabajadora o se trate de trabajos de colaboración social», explican desde la administración.

La ineficacia del SEPE en la intermediación laboral

Teóricamente, el SEPE tiene la capacidad de sancionar a quienes rechazan ofertas de empleo adecuadas. Sin embargo, en la práctica, esta amenaza se diluye debido a diversas deficiencias en el sistema. La falta de ofertas de empleo suficientes para testar el compromiso de actividad de los desempleados es un problema significativo. Según expertos, la falta de ofertas de empleo que el SEPE puede proporcionar a un mismo demandante hace que sea improbable que este acumule un número suficiente de rechazos para que se active el protocolo de retirada de la prestación.

El volumen de colocaciones gestionadas por el SEPE ha caído en picado en los últimos años, registrando un descenso del 53% desde 2018. Esta desconexión entre el servicio público y las necesidades reales del mercado laboral ha contribuido a la ineficacia en la intermediación. Las empresas, al no ver resultados satisfactorios en el proceso de selección de personal, han dejado de enviar sus vacantes al SEPE. En consecuencia, el organismo no logra emparejar adecuadamente a los demandantes de empleo con las vacantes disponibles, penalizando su función de intermediación.

El concepto de «adecuación» de la oferta de empleo a las características del trabajador, consagrado en la ley de Empleo, se ha convertido en un escudo para los desempleados. Este principio establece que las ofertas de empleo deben coincidir con la formación, experiencia y aptitudes del demandante, lo que a menudo dificulta la colocación de trabajadores en sectores donde podrían ser necesarios, pero que no se alinean exactamente con su perfil profesional.

Por otro lado, la oferta formativa del SEPE también se encuentra desactualizada en muchos casos, con cursos que no responden a las necesidades actuales del mercado laboral y que desincentivan la participación de los desempleados. Esta situación agrava el problema, ya que los cursos largos y anticuados no solo no preparan adecuadamente a los desempleados para los puestos de trabajo disponibles, sino que tampoco garantizan su inserción laboral. Esto genera un círculo vicioso donde ni el SEPE logra cumplir su misión de colocar a los desempleados, ni estos se ven obligados a aceptar ofertas de empleo.

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