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Jubilados. CARLOS ESPESO
Declaración de la renta 2023: pensionistas que no la hacen | Los pensionistas exentos de hacer la declaración de la renta

Los pensionistas exentos de hacer la declaración de la renta

La Agencia Tributaria, en su artículo 7 de la Ley de IRPF deja claro qué personas no tienen que declarar

J.ZARCO

Sábado, 28 de enero 2023, 02:45

La Declaración de la Renta correspondiente a los ingresos del año 2022 comenzará el próximo 11 de abril de 2023 y se extenderá hasta el 30 de junio. Muchos pensionistas se preguntan si están obligados a hacerla o si por el contrario están exentos.

Hay ciertas fechas que son clave a la hora de realizar el trámite. Su presentación por internet será posible entre el 11 de abril hasta el 30 de junio de 2023, por teléfono desde el 5 de mayo hasta el 30 de junio de 2023 (las solicitudes de cita previa están abiertas desde el 3 de mayo hasta el 29 de junio), mientras que presencialmente desde el 1 de junio hasta el 30 de junio.

Límites de Hacienda

Lo primero, no tendrán que pagar aquellas personas cuyo único ingreso sea la pensión y el importe sea inferior a 22.000 euros. En el caso de tener dos pagadores y el dinero procedente del segundo o restantes es superior a 1.500 euros anuales, el límite baja a 15.000 euros. Hasta el año pasado, el margen era 14.000 euros.

Pensionistas exentos

La Agencia Tributaria, en su artículo 7 de la Ley de IRPF detalla los pensionistas exentos de declarar aunque superen los límites mencionados. Son los siguientes:

-Prestaciones por incapacidad permanente absoluta o gran invalidez percibidas de las Seguridad social o por las entidades que la sustituyan.

-Pensiones reconocidas en favor de aquellas personas que sufrieron lesiones o mutilaciones, con ocasión o como consecuencia de la Guerra Civil 1936/1939.

-Están exentas las prestaciones públicas extraordinarias por actos de terrorismo y las pensiones derivadas de medallas y condecoraciones concedidas por actos de terrorismo.

-Las pensiones de incapacidad permanente del régimen de las Clases Pasivas.

-Prestaciones familiares, donde entran las prestaciones por nacimiento y cuidado de un menor, así como las pensiones de orfandad o las que son a favor de nietos o hermanos

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