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Martes, 24 de mayo 2022
El Ingreso Mínimo Vital (IMV) es una de las pagas y ayudas de la Seguridad Social destinadas a quienes necesitan cobrar un extra al mes. Está planteada como un subsidio para eviar el riesgo de exclusión de aquellas personas que carecen de recursos económicos básicos para hacer frente a sus necesidades y por ello para acceder a una de estas prestaciones es necesario cumplir todos los requisitos establecidos por el departamento.
Las pagas y ayudas de la Seguridad Social se convierten en muchas ocasiones en la única fuente de ingresos para el pensionista o beneficiario, por lo que es muy importante conocer al detalle qué implica cobrarlas: sus requisitos, documentación, presentación y cómo mantenerlas.
Una de las dudas sobre el IMV más comunes es si se puede cobrar mienrtas trabajas. Poder recibir esta ayuda de la Seguridad Social y compaginarla con un sueldo adicional es un gran alivio para muchos trabajadores, cuyos ingresos siguen siendo muy escasos a pesar de su actividad laboral.
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La respuesta es sí, se puede cobrar el IMV y trabajar a la vez, pero con excepciones. De hecho, el Ingreso Mínimo Vital es compatible con otras rentas que bien pueden ser laborales, como un salario, así como con prestaciones por desempleo como el paro u otros subsidios y pagas de la Seguridad Social.
La Seguridad Social detalla como obligación de los beneficiarios del IMV que, en caso de compatibilizar esta prestación con las rentas del trabajo o la actividad económica, se debe «cumplir las condiciones establecidas para el acceso y mantenimiento de dicha compatibilidad». Es decir, no superar el límite patrimonial establecido para su situación.
El requisito de situación de vulnerabilidad económica se cumple cuando el promedio mensual de ingresos y rentas anuales computables del ejercicio anterior sea «inferior al menos en 10 euros a la cuantía mensual garantizada por el ingreso mínimo vital que corresponda según la modalidad y el número de miembros de la unidad de convivencia. Computará como ingreso el importe de las pensiones y prestaciones, contributivas o no contributivas, públicas o privadas, aclaran desde la Seguridad Social.
Por tanto, el requisito imprescindible para poder cobrar el IMV y un sueldo es que aún así, las rentas recibidas por el beneficiario no superen los máximos establecidos por el departamento para cada supuesto, que varía en función de la situación de la unidad de convivencia. Para determinar estas cuantías máximas la Seguridad Social tiene en cuenta distintos conceptos como el número de miembros y si hay algún grado de discapacidad o enfermedad, así como otros detalles que se especifican en la sede electrónica del departamento.
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Hay que tener en cuenta que el importe del IMV que se cobra en caso de que también se reciba un sueldo se limitará a la diferencia necesaria para que el beneficiario alcance el límite establecido por la Seguridad Social para cobrar esta ayuda según su situación. Es decir, sólo se dará la cantidad que le falte al solicitante para alcanzar el máximo permitido para esta paga.
Por lo tanto, estos son los límites patrimoniales marcados por la Seguridad Social para los beneficiarios de la ayuda este 2022, una cantidad que no podrán superar para seguir cobrando esta paga:
- Un adulto solo: 17.698,80 euros
- Un adulto y un menor: 24.778,32 euros
- Un adulto y dos menores: 31.857,84 euros
- Un adulto y tres o más menores: 38.937,36 euros
- Dos adultos: 24.778,32
- Dos adultos y un menor: 31.857,84 euros
- Dos adultos y dos menores: 38.937,36 euros
- Dos adultos y tres o más menores: 46.016,88 euros
- Tres adultos: 31.857,84 euros
- Tres adultos y un menor: 38.937,36 euros
- Tres adultos y dos o más menores: 46.016,88 euros
- Cuatro adultos; 38.937,36 euros
- Cuatro adultos y un menor: 46.016,88 euros
- Otros: 46.016,88 euros
A continuación, el listado de importes mensuales que se cobraría en cada caso del IMV tras la subida de este 2022:
🗓️ Este año las pensiones mínimas, pensiones no contributivas y el #IngresoMínimoVital se revalorizarán un 3%, medio punto más que la subida que experimentarán las pensiones contributivas
Ministerio Inclusión Seguridad Social Migraciones (@inclusiongob) January 1, 2022
⏬ Estos son los importes, tras la subida ⏬ pic.twitter.com/Xq3lxPEzFL
Ingreso Mínimo Vital (IMV)
El pago del IMV se realizará mensualmente y se hará por transferencia bancaria a una cuenta del titular de la prestación, cuyo derecho «nacerá a partir del primer día del mes siguiente al de la fecha de presentación de la solicitud», según detalla la Seguridad Social.
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