Secciones
Servicios
Destacamos
M. G.
Lunes, 21 de febrero 2022, 17:02
La economía sumergida y el fraude fiscal es una de las principales preocupaciones del Ministerio de Hacienda desde siempre. El departamento mantiene una lucha constante para dectectar este tipo de actividades, ante las que ha ido endureciendo su criterio sancionador. La Agencia Tributaria no gasta bromas a la hora de impartir duras multas contra quien realice operaciones ilícitas y para detectarlas vigila especialemente los movimientos de dinero en efectivo.
Con la última modificación, Hacienda rebajaba a 1.000 euros el máximo de dinero en efectivo con el que se puede pagar, pero no es la única operación con la que el departamento intenta controlar qué actividades ocurren bajo su paraguas, con el fin de detectar posibles ilegalidades como la ocultación de bienes.
Lo que muchos desconocen es que tanto los establecimientos comerciales como las entidades bancarias pueden negarse a aceptar ciertas cantidades de monedas y rechazarte el pago. Así que nada de ir a la tienda a quitarte de encima multitud de monedas de uno o cinco céntimos.
Ni los bancos ni ninguna tienda está en la obligación de recogerte más allá de 50 monedas. De hecho, el propio Banco de España lo detalla en su página web: «Tu banco no tiene obligación alguna de aceptar más de 50 monedas en un pago, salvo que realice actividades delegadas de caja pública, lo que ocurre, por ejemplo, cuando cobra impuestos y tasas municipales», puntualiza la entidad.
Noticias Relacionadas
No obstante, el Banco de España y el Banco Central Europeo son las dos únicas excepciones a esta norma, ya que están obligados a aceptar todos los pagos, sin importar qué cantidad de monedas tengan.
En base a la normativa, la cantidad máxima que podrás pagar con monedas es de 100 euros (50 monedas de 2€) y la mínima 50 céntimos (50 monedas de un céntimo).
Publicidad
Publicidad
Te puede interesar
Publicidad
Publicidad
Esta funcionalidad es exclusiva para suscriptores.
Reporta un error en esta noticia
Comentar es una ventaja exclusiva para suscriptores
¿Ya eres suscriptor?
Inicia sesiónNecesitas ser suscriptor para poder votar.