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Control de la DGT. JAVIER CARRIÓN

Los multazos de 500 y 200 euros que la DGT pondrá a partir del lunes

La reforma de la Ley de Tráfico entra en vigor el próximo 21 de marzo con importantes novedades

TV/ep

Sábado, 19 de marzo 2022

Las multas de la DGT (Dirección General de Tráfico) suponen un buen desembolso para el bolsillo de los conductores 'cazados' cometiendo ilegalidades o actitudes peligrosas al volante, pero las sanciones están a punto de volverse aún más contundentes porque el departamento dirigido por Pere Navarro pone en marcha su nueva Ley de Tráfico.

Que te llegue una notificación por parte de la DGT no es algo agradable y en muchas ocasiones los conductores se enteran de la multa en el propio momento del aviso, tras haber sido 'cazados' en carretera mediante radares, cámaras o por algún agente de Tráfico. A partir de este lunes 21 de marzo, la normativa del departamento se endurece para castigar más que nunca las irresponsabilidades al volante, tratando de frenar así la siniestralidad en las vías españolas.

Según informan desde la DGT con la nueva norma, que estará vigente a partir del día 21, en carreteras convencionales, los conductores de turismos y motocicletas ya no podrán superar en 20km/h la velocidad máxima permitida para adelantar a otros vehículos. Una medida que busca minimizar el riesgo que ocasionan los adelantamientos y así reducir los accidentes en carreteras convencionales. La DGT se ha dado un plazo de un año para analizar la eliminación de este margen, una medida que ha generado polémica.

Nuevas multas de la DGT: todas las novedades desde el lunes 21 de marzo

El conjunto del proyecto de ley, que modifica la Ley de Tráfico de 2015, tiene como objetivo el agravamiento de las sanciones previstas para aquellos comportamientos que generan mayor riesgo para la conducción, como el uso del teléfono móvil al volante o el mal uso de los elementos de seguridad y protección del vehículo.

La modificación de la Ley de Tráfico añade una nueva infracción grave, con 200 euros de cuantía, por no respetar las normas derivadas de escenarios anticontaminación y de las zonas de las bajas emisiones.

Además, se castiga con 500 euros de sanción el uso de dispositivos de intercomunicación no autorizados reglamentariamente en exámenes para la obtención y recuperación de permisos de conducir u otras autorizaciones administrativas o colaborar o asistir con la utilización de dichos dispositivos.

Con la normativa se hace obligatorio, en vías con más de un carril por sentido, cambiar de carril cuando se proceda a adelantar a ciclistas o ciclomotores. Además, se aumenta de cuatro a seis los puntos a detraer cuando se adelanta poniendo en peligro o entorpeciendo a ciclistas sin dejar la separación mínima obligatoria de 1,5 metros, manteniendo la cuantía de 200 euros de multa. También se prohíbe parar o estacionar en carril bici o en vías ciclistas.

Entre las novedades que incluye esta reforma normativa también destacan la penalización con seis puntos del carnet conducir sujetando el móvil con la mano; con cuatro no utilizar el cinturón de seguridad, sistemas de retención infantil (sillitas infantiles), casco y otros elementos de protección; así como se establece la obligatoriedad del casco para los usuarios de vehículos de movilidad personal, como los patinetes.

La nueva ley también sustituye la infracción grave consistente en «utilizar» mecanismos de detección de radares o cinemómetros por el mero hecho de «llevar en el vehículo» esos dispositivos. El nuevo tipo infractor mantiene la pérdida de tres puntos que se asignaba a la anterior infracción. «Hemos cambiado la palabra 'utilizar' por 'llevar' porque si lo llevas, lo has comprado y lo has instalado no es para pasearlo apagado», remarcó Navarro, precisando que la medida no afecta al uso de navegadores que avisan de la presencia de los radares.

Por otro lado, aumenta de cuatro a seis los puntos a detraer por arrojar a la vía o en sus inmediaciones objetos que pueden producir accidentes o incendios.

A partir de ahora, se fija en dos años sin cometer infracciones el plazo que tiene que transcurrir para que un conductor pueda recuperar su saldo inicial de puntos. Hasta la aprobación de la reforma de la Ley, este periodo variaba en función de la gravedad de la infracción cometida.

Asimismo, los conductores podrán recuperar dos puntos del carné a través de la realización de cursos de conducción segura y eficiente. Una orden Ministerial desarrollará los requisitos necesarios y las condiciones que deben de cumplir.

En relación con los conductores menores de edad de cualquier vehículo (ciclomotores, permiso AM, motos hasta 125cc, bicicletas y vehículos de movilidad personal), la ley les prohíbe circular con una tasa de alcohol superior a 0, tanto en sangre como en aire espirado.

También se podrán usar dispositivos inalámbricos certificados u homologados para la utilización en el casco de los conductores de moto y ciclomotor, con fines de comunicación o navegación, siempre que no afecte a la seguridad en el conducción.

El aspirante no podrá presentarse de nuevo en el plazo de 6 meses. «Siempre se ha copiado en los exámenes pero con las nuevas tecnologías han aumentado los problemas», explicaba el director de Tráfico para justificar esta medida.

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